Desecha Tribunal queja del PRI contra Carlos Joaquín

CHETUMAL.- El Tribunal Electoral de Quintana Roo declaró inexistentes las conductas atribuidas a Carlos Joaquín González, gobernador electo postulado por la coalición PAN-PRD, a quien se le atribuía la distribución de propaganda en los días de veda.La ponencia relacionada con el Procedimiento Especial Sancionador PES/036/2016 estuvo a cargo del magistrado Vicente Aguilar Rojas. 

El PES/036/2016 fue promovido por el Partido Revolucionario Institucional por la presunta difusión de propaganda electoral en periodo de reflexión a través de la cuenta @CarlosJoaquín de Twitter, así como del supuesto banner que redirecciona a la página de Internet www.salyvota.mx.

En el proyecto, el magistrado ponente Vicente Aguilar Rojas propuso declarar inexistente la conducta atribuida, toda vez que en base a las pruebas que obran en autos del expediente se llegó a la convicción de que la difusión de las publicaciones fueron subidas a la red social el 1 de junio, es decir, dentro de la etapa de campaña electoral, y no en periodo de veda electoral como señala el denunciante.

Los magistrados Nora Leticia Cerón González y Víctor Vivas Vivas aprobaron el proyecto presentado por el magistrado Vicente Aguilar Rojas, por lo que por unanimidad se declaro inexistentes las conductas atribuidas al ciudadano Carlos Manuel Joaquín González y a la coalición.

Por otra parte, a propuesta del Magistrado Presidente del Tribunal Electoral de Quintana Roo (TEQROO), Víctor Vivas Vivas se presentó a los integrantes del pleno un proyecto de acuerdo plenario de acumulación de los expedientes JDC/025/2016, JDC/029/2016, JUN/004/2016 y JUN/015/2016, mismo que fue aprobado por unanimidad.

Vivas Vivas informó que estos juicios fueron promovidos por las ciudadanas Juliana Collí Pat y Lucía Concepción Ramírez Haas y los partidos políticos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México, respectivamente.

Todos los juicios fueron en contra del acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo, por medio del cual se asignaron los diputados por el principio de representación proporcional en el proceso electoral local 2016.

En su propuesta, el Magistrado Vivas Vivas expresó que es evidente la identidad del acto impugnado y la autoridad responsable en los cuatro casos, por lo que resulta innegable que exista conexidad en la causa, por lo que propuso resolver en forma conjunta, congruente, expedita y completa los mismos y su respectiva acumulación en el expediente JDC/025/2016, por ser este el primero en su recepción ante este tribunal.

Los juicios acumulados son: el JDC/025/2016, donde el actor es Juliana Colli Pat, quien demanda una diputación plurinominal de la lista del PAN; el JDC/029/2016 que presentó Lucía Concepción Ramírez Haas, demanda una diputación plurinominal de la lista del PRD; el JUN/004/2016, donde el Partido Revolucionario Institucional reclama la asignación de una diputación de representación proporcional a la ciudadana Eugenia Guadalupe Solís Salazar, quien contendió por la coalición Quintana Roo UNE, una Nueva Esperanza y finalmente, el JUN/015/2016, donde el PVEM demanda una diputación plurinominal.

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