Por unanimidad de los grupos parlamentarios del PAN, PRD, PRI, PVEM, Nueva Alianza, MORENA, Encuentro Social y del diputado independiente, la Decimoquinta Legislatura aprobó el paquete de reformas en materia de disciplina financiera, con el que se dará estabilidad a las finanzas públicas de Quintana Roo.
En la sesión ordinaria número 19, presidida por la diputada Gabriela Angulo Sauri, el Pleno del Congreso del Estado aprobó la minuta proyecto de decreto con reformas y adiciones a diversas disposiciones de la Constitución Política de Quintana Roo, decretó la nueva Ley de Deuda Pública del Estado de Quintana Roo y sus Municipios y reformó tres ordenamientos legales.
La minuta que contiene reformas constitucionales, será turnada a los once ayuntamientos del Estado, para que sean sometidas a la consideración de sus respectivos cabildos.
El diputado Emiliano Ramos Hernández, presidente de la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuenta de la Decimoquinta Legislatura, afirmó que con estas reformas los quintanarroenses tendrán mayor certidumbre y verán con transparencia el destino de los recursos públicos del estado.
La diputada Mayuli Martínez Simón, coordinadora de la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional (PAN), aseguró que las reformas responden a la demanda de la sociedad quintanarroense de “poner la casa en orden, de apretarle el cinturón al gobierno y darle un respiro a los ciudadanos”.
Martínez Simón explicó que las iniciativas turnadas por el Ejecutivo estatal, responden a la obligación legal de adecuar nuestra legislación con el texto federal, cuyo plazo vence en unas horas y tenen como finalidad “prevenir que se repitan las prácticas del pasado”.
“El trabajo realizado por mis compañeros legisladores, por toda esta legislatura, deja claro que cuando el sentimiento de urgencia se junta con el deseo de cumplir, poco tiempo es suficiente para hacer bien las cosas”, agregó.
Entre las reformas aprobadas, se destaca la responsabilidad de los servidores públicos que sean responsables del manejo indebido de los recursos y de la deuda pública, la facultad al Órgano de Fiscalización Superior para fiscalizar las acciones del Estado y los municipios en materia de fondos, recursos locales y deuda pública.
También se establece la prohibición de contratar deuda pública para el pago de gasto corriente, además que ningún empréstito podrá celebrarse sino para la ejecución de obras que directamente produzcan un incremento en los ingresos públicos.
En lo que respecta a la nueva Ley de Deuda Pública del Estado de Quintana Roo y sus Municipios, esta tiene por objeto establecer los criterios, bases y requisitos para la programación, autorización, contratación, registro y control de la deuda pública y las obligaciones que regirán al Estado, sus municipios y a los demás entes públicos estatales sujetos a esta ley.
Con esta ley se creará el Registro Estatal de Obligaciones y Financiamientos, a cargo de la Secretaría de Finanzas y Planeación, el cual será público y tendrá como objeto inscribir y transparentar la totalidad de los financiamientos y obligaciones a cargo de los entes públicos.
Con las reformas a la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado Quintana Roo, se regularán los límites en la asignación global de recursos para servicios personales que se apruebe en el Presupuesto de Egresos.
Otra de las novedades de la reforma es que en caso de que durante el ejercicio fiscal disminuyan los ingresos, los primeros rubros de gasto que se ajustarán al Presupuesto de Egresos serán los destinados a comunicación social, al gasto corriente y al gasto en servicios personales.
Lo que refiere a las reformas, adiciones y derogaciones a la Ley de Coordinación Fiscal del Estado, se establece en dicho ordenamiento que las participaciones que correspondan al Estado y sus municipios adheridos al Sistema Estatal de Coordinación Fiscal, son inembargables, y no estarán sujetas a retención alguna, salvo que exista autorización expresa de la Legislatura a través de sus órganos técnicos.
Mientras que con las reformas y adiciones a la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado, se establece la obligación de los titulares de las dependencias de la administración pública estatal, de proporcionar la información y documentación relacionada con la captación, recaudación, administración, manejo, ejercicio, cobro o recepción en pago directo o indirecto de recursos públicos o participaciones federales, que le sea solicitada por la Auditoría Superior de la Federación, en el desahogo del procedimiento de fiscalización de las cuentas públicas.
También se otorgaron nuevas facultades a la Secretaría de Finanzas y Planeación, como las de realizar la evaluación del análisis socioeconómico de costo y beneficio de cada programa o proyecto del Estado; integrar y administrar el Registro de proyectos de inversión pública productiva del Estado, así como elaborar la estimación del impacto presupuestario de las iniciativas de Ley o decretos que se presenten ante la Legislatura del Estado y realizar las estimaciones sobre el impacto presupuestario de las disposiciones administrativas que impliquen costos para su implementación.