CHETUMAL, 13 de noviembre.— El Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) se topó hoy con la misma piedra al revocar el acta de Cabildo con la que el ayuntamiento de Solidaridad otorgó a Kira Iris San la regiduría que no asumió la ex alcaldesa Lili Campos Miranda.
Este fallo es similar a uno anterior en Cancún, que fue revertido por la Sala Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
En su sesión de la tarde de hoy, el Teqroo aprobó el proyecto que propuso quitarle a Kira Iris San su posición como regidora en el Cabildo de Solidaridad, para entregársela a la panista Danna Ramírez Saldaña. El proyecto de sentencia surge de un juicio presentado por la propia beneficiada, Danna Ramírez.
El juicio planteó que, al tratarse de una regiduría de representación proporcional, ante la falta absoluta de la propietaria, que es la ex alcaldesa Lili Campos, no debe asumir Kira Iris San, que es su suplente, sino la que sigue en la lista, es decir, Danna Ramírez.
El proyecto de sentencia, elaborado por la magistrada en funciones Maogany Acopa, fue aprobado por unanimidad de los tres magistrados que componen el tribunal.
Sin embargo, la sentencia es polémica y podría caerse en instancias superiores.
Hace apenas unos meses, la Sala Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó que quien debe asumir ante la falta de un regidor es su suplente y no el que sigue en la lista.
Esta decisión se tomó respecto al caso de la licencia a su regiduría que solicitó Jorge Rodríguez en Benito Juárez a principios del 2023.
En su sentencia, Xalapa indicó que los artículos 141 y 142 de la Constitución local establecen que cuando se debe cubrir una vacante absoluta, lo primero es llamar a sus suplentes, y eso queda estipulado en la Ley de los Municipios. La sentencia dice:
“Por su parte, el artículo 97 de la Ley Municipal, en una lectura sana y relacionada con los principios que establece la Constitución local, establece el procedimiento por etapas que se debe seguir cuando las ausencias son absolutas (no temporales), y también incluye la consideración de los suplentes sin distinguir la vía de elección o designación. De manera que, sólo cuando la persona suplente no pueda ocupar el cargo, se debe realizar una elección por parte del Ayuntamiento o a designar a la siguiente persona registrada en la lista de representación proporcional correspondiente”.
En el caso de Cancún, el Cabildo pretendía que el lugar de Jorge Rodríguez fuese ocupado por Berenice Polanco, secretaria particular de la alcaldesa Ana Patricia de la Peña, por considerar que al ser la siguiente en la planilla que presentó el PRI, le correspondería, aun cuando ella ya no formara parte de ese partido.
Sin embargo, Alonso Alonso Rodríguez, el suplente de Jorge Rodríguez, impugnó y ganó en el tribunal federal, pues el Tribunal Electoral de Quintana Roo había fallado en su contra, es decir, en el sentido en que definió hoy el caso de Solidaridad.