De hoy 4 de junio al domingo 7 de junio, día de la Jornada Electoral Federal, queda estrictamente prohibido la celebración, difusión de reuniones o actos públicos de campaña, de propaganda o de proselitismo electorales de todos los candidatos a cargos de elección popular. Cuya prohibición está establecida en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, y el candidato que no lo acate pudiera incluso perder su registro.
El objetivo de esta restricción, señala la legislación, radica en garantizar que tanto el día de la jornada electoral y durante los tres días anteriores los ciudadanos puedan reflexionar o madurar el sentido de su voto, esto es, que tengan la posibilidad de ponderar y confrontar la oferta política de quienes intervienen como candidatos a un cargo público.
Además, se busca que los ciudadanos se encuentren ajenos al acoso de las reuniones públicas, asambleas, marchas, escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones, proyecciones y expresiones de los partidos políticos o de sus candidatos, que los ciudadanos se liberen del influjo de factores que pudieran alterar la autenticidad del sufragio, que se garantice la conclusión a todo debate público, para impedir una influencia indebida en la toma de decisión que precede al ejercicio del sufragio de los electores.
De igual forma se pretende evitar el quebrantamiento de las condiciones elementales de igualdad durante la contienda electoral, en beneficio de la autenticidad y libertad de sufragio de los electores.