CIUDAD DE MÉXICO, 31 de octubre.— En los próximos días la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) debatirá un proyecto de sentencia, que podría derivar en la prohibición de la instalación de nacimientos en espacios públicos, debido a que un particular solicitó un amparo por considerar que su instalación es violatoria de la libertad religiosa.
En Chocholá, Yucatán, un municipio localizado a media hora al poniente de Mérida, una persona identificada como Miguel Fernando Anguas Rosado interpuso ante un juzgado de Distrito un recursos para “determinar si la potestad del Ayuntamiento de colocar símbolos religiosos en espacios públicos es violatoria de la libertad religiosa, y de los principios constitucionales del Estado laico y el principio de igualdad y no discriminación”.
La Iglesia Católica exhortó a ministros de la Suprema Corte, especialmente a quienes componen la primera Sala, para que evalúen en el ejercicio de la Laicidad Positiva, para no prohibir nacimientos, ya que resaltaron atenta contra la libertad de fe de los ciudadanos.
El Centro Católico Multimedial (CCM) explicó que la sentencia sería un proyecto de amparo en revisión 216/2022 de la ponencia del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá cuyo acto reclamado es la colocación de “objetos decorativos” al nacimiento de Jesucristo durante los meses de diciembre y enero en los bajos del ayuntamiento de Chocholá, estado de Yucatán y otros.
Resaltó que en sus argumentos, el proyecto del ministro Alcántara Carrancá induce a una teoría del símbolo para llegar a la conclusión de que los “símbolos religiosos son cuestionados, pues tienden a generar ideas que provocan contradicciones, inconsistencias e, incluso, falacias en el conocimiento. Sin embargo, para evitarlas, las religiones han propugnado por establecer que sus símbolos, lejos de oponerse a la razón, contienen su propio logos, su propia racionalidad y promueven su propio pensamiento”.
Dijo que en su conclusión, y después de afirmar que el juzgado de distrito no fue al fondo del nacimiento como “símbolo religioso ideado por la iglesia cristiana con el propósito específico de influir en las ideas de quienes lo observan y, por tanto, destinado –también– a convertir su significado (religioso) en conductas o comportamientos humanos –a nivel individual y colectivo– que, eventualmente, propenden a transformarse en convencionalismos sociales”, determina que esas imágenes son adversas a los principios de laicidad y neutralidad del estado en materia religiosa.
Por ello, en la editorial del (CCM) resaltó que las ideas de la sentencia infieren una idea torcida y obtusa en cuanto al significado de un símbolo como violatorio del derecho a la libre personalidad. No obstante, esto responde a una ola que proviene de otras latitudes que han impuesto ideas de que los símbolos religiosos son agraviantes. De hecho, el retiro en las escuelas de crucifijos constata que la educación debería ser ajena a “fanatismos religiosos” supuestamente alienantes.
Y resaltaron que no obstante, en las plazas públicas, estos nacimientos ocupan su lugar como la forma de una costumbre arraigada de una época asociada a un acontecimiento. Sin embargo, la idea de navidad también está diluyéndose para ser solo una fiesta de fin de año para no “herir susceptibilidades”. Ahora, la que pasa en otros países, podría ser realidad en México que, momento a momento, desvanece la idea de “ser siempre fiel”.
Para finalizar, puntualizaron que según el ministro Alcántara Carrancá, los símbolos cristianos son agresivo para quienes no profesan esa fe, otras demostraciones degradantes de la naturaleza humana pueden ser exhibidas en las calles sin mayores consecuencias, “ese es el absurdo al que nos enfrentamos, el uso de la ley para degradar al cristianismo y, en el fondo, reprimir la libertad religiosa y de pensamiento que empujan a la fe a nueva época de las catacumbas”.