Por unanimidad de votos, el Pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo, en sesión pública no presencial declaró existente la conducta referente a la pinta de bardas de propaganda política en lugares prohibidos en la ley, por lo que impuso una sanción consistente en una amonestación pública al partido político Fuerza por México.
Este caso se dio al resolver el Procedimiento Especial Sancionador -PES/009/2021- que presentó el partido político Morena en contra del partido político Fuerza por México, por la supuesta vulneración a la normativa electoral, por la colocación indebida de propaganda electoral en el Municipio de Benito Juárez.
En este asunto, la Magistrada y los Magistrados declararon inexistentes las conductas referentes a la propaganda electoral y actos anticipados de campaña atribuidas al partido Fuerza por México.
Mientras que el Juicio para la Protección de los Derechos Políticos Electorales de la Ciudadanía Quintanarroense -JDC/051/2021-, lo interpuso Maribel Kantun Carranza en contra del Pleno de la XVI Legislatura del Congreso del Estado de Quintana Roo y la designación de Mauricio Guillermo Espinosa Alemán, como integrante de la XVI Legislatura del Congreso del Estado de Quintana Roo y la omisión de convocar a la parte actora –Kantun Carranza- a tomar protesta como diputada, argumentando que le correspondía en el orden de prelación.
Este juicio ciudadano, lo remitió la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, quien lo desechó por no haberse agotado la definitividad y lo reencausó a este Tribunal, para que conozca del mismo, por lo que al respecto, el Pleno por unanimidad de votos determinó desechar el citado medio de impugnación, toda vez que al haberse reintegrado el diputado José Luis Guillen López a la XVI Legislatura del Congreso del Estado, el mismo ha quedado sin materia.