Cancún, 4 de marzo (InZoom.Mx).- Angélica Amaro, integrante del Colegio de Abogados de Cancún, explicó que el Código Civil del estado establece que los padres tienen derecho a recibir apoyo económico de sus hijos en caso de necesidad.
En muchas ocasiones, este derecho genera controversia, ya que algunos hijos se niegan a otorgar dicha pensión. Sin embargo, la legislación protege a los adultos mayores y estipula mecanismos legales para hacer valer este beneficio.
“Es importante que las personas sepan que tienen este derecho y que pueden acudir ante un juez familiar para solicitar su cumplimiento”, señaló en entrevista con RCA.
Para quienes desconocen a dónde acudir, la experta recomendó dirigirse al Poder Judicial del Estado, donde existen defensorías públicas gratuitas. Estos abogados ayudan a los solicitantes con los requisitos mínimos, como la acreditación del parentesco mediante actas de nacimiento.
Un aspecto relevante es la posibilidad de que los hijos demandados argumenten que no existe obligación de pago, especialmente si el padre en cuestión no cumplió con sus deberes en el pasado. En estos casos, corresponderá al juez analizar las pruebas y tomar una decisión. “El juez decretará una pensión provisional mientras se revisa la situación, y posteriormente se determinará un monto definitivo”, agregó Amaro.
La cantidad a otorgar dependerá de la capacidad económica de los hijos. Si el demandado oculta ingresos o recibe ayuda de su empleador para disimular su salario, el juez podrá investigar y sancionar a quienes falseen información.
“Los patrones también son responsables de proporcionar datos correctos a la autoridad judicial, ya que falsear información puede incurrir en sanciones penales”, advirtió.
Por último, en caso de incumplimiento tras una sentencia judicial, el hijo podría ser catalogado como deudor alimenticio, lo que podría traer consecuencias legales adicionales. “El no pagar una pensión dictaminada por un juez constituye un delito”, señaló.