Pleno del TEQROO resuelve dos asuntos en Chetumal

El Pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo, resolvió, en sesión pública, dos asuntos: un Recurso de Apelación y un Procedimiento Especial Sancionador.

De acuerdo con información a la que se tuvo acceso, el Recurso de Apelación RAP/018/2022, fue presentado por Laura Fernández Piña en contra de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo) y el acuerdo que emitió dicha comisión, que determina, respecto de la medida cautelar solicitada dentro del expediente registrado bajo el número IEQROO/PESVPG/007/2022, a partir de la cual declaró la improcedencia de las medidas cautelares y protección solicitadas.

Al respecto, el pleno por unanimidad de votos, informó en un comunicado, que determinó confirmar el Acuerdo IEQROO/CQyD/A-MC-027/2022, emitido por dicha Comisión, debido a que consideró infundados los agravios vertidos por la parte demandante, puesto que la autoridad responsable sí motivo y fundo el Acuerdo impugnado.

En tanto que, el Procedimiento Especial Sancionador PES/018/2022, fue interpuesto por  Yensunni Idalia Martínez Hernández en contra de la candidata a Gobernadora, Laura Fernández Piña, por supuestos actos discriminatorios consistentes en la difusión de mensajes basados en estereotipos de género que actualizan hechos consistentes en violencia política contra las mujeres en razón de género.

En este asunto, el Pleno, por mayoría de votos determinó declarar inexistentes las conductas denunciadas por V.P.G., sin embargo, consideró la existencia de Violencia Política en sentido amplio en agravio de Martínez Hernández, atribuidas a la Fernández Piña, candidata a la gubernatura en el Estado de Quintana Roo, ya que del análisis de las expresiones contenidas en su conjunto en la entrevista realizada a la candidata Fernández Piña configuró la Violencia Política.

En tal razón, determinó imponer una amonestación pública y exhortó a Laura Lynn Fernández Piña, en su calidad de candidata a la gubernatura del estado de Quintana Roo, a no realizar expresiones y actos constitutivos de violencia política en agravio de Yensunni Idalia Martínez Hernández, ni de persona alguna.

Asimismo, ordenó a Fernández Piña, emita una disculpa pública a Martínez Hernández, en algún medio masivo de comunicación o red social verificada de la denunciada en favor de la Presidenta Municipal de Othón P. Blanco, en un plazo de 7 días naturales, contados a partir de la notificación de la presente resolución, notificando a este Tribunal dentro del término de 24 horas a partir de su cumplimiento.

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