Chetumal, 29 de julio.— El diputado priista Carlos Hernández Blanco presentó una iniciativa de reforma a la Ley Electoral de Quintana Roo, a fin de que todo presidente municipal o diputado que busque la reelección pida licencia al cargo o no podrá hacer campaña, con lo que se busca equidad en la contienda.
La iniciativa fue leída y turnada a comisiones en la sesión nueve de la Comisión Permanente y propone reformar la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del estado para regular los mecanismos mediante los cuales será posible ejercer el derecho a la reelección de los integrantes del Poder Legislativo local y de los ayuntamientos de Quintana Roo.
Ese punto no está regulado en la normatividad electoral y por eso en las elecciones del 2018 y 2019, solicitar licencia al cargo para reelegirse fue decisión de cada aspirante.
La iniciativa adiciona el artículo 285-bis a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales de Quintana Roo, para que, quienes tengan interés en la reelección y no se separen del cargo no puedan realizar actos de precampaña o de campaña, según sea el caso durante las actividades y demás eventos relacionados con las funciones propias de su encargo, estando obligados a cumplir cabalmente las obligaciones inherentes a éste y atender además otras disposiciones.
Entre otras cosas, no podrán utilizar recursos públicos a los que tienen acceso derivado del cargo ocupen, ya sean económicos, humanos o materiales para el financiamiento de las campañas o para cualquier otra actividad que promueva su imagen y/o el voto a su favor, o bien, perjudique a otras candidaturas.
Tampoco podrán hacer uso de los tiempos en radio y televisión que contrate el Ayuntamiento o Congreso del Estado para fines de difusión oficial, ni utilizar los portales de internet o redes sociales de éstos u otras dependencias gubernamentales para promover su imagen y/o el voto a su favor o bien para afectar la imagen de otros candidatos.
Además, no podrán comisionar ni permitir ausencias en días y horas hábiles para llevar a cabo labores de logística y/o proselitismo a favor de sus candidaturas, ni en perjuicio de otra candidatura y deberán evitar la celebración y/o la participación en eventos masivos en donde se realice entrega de programas sociales y/o obra pública, que afecten el principio de equidad en la contienda electoral.
De igual forma, se deberán abstener del uso de vehículos oficiales para el traslado de personal y/o logística con fines propagandísticos a favor de su candidatura, y/o en perjuicio de otra candidatura y tendrán que atender las disposiciones previstas en la Constitución federal y local y las establecidas en los ordenamientos electorales aplicables.
El incumplimiento de esas disposiciones por parte de los servidores públicos que busquen la reelección y resuelvan no separarse del cargo, ya sea que sean cometidas por si mismos, o mediante interpósita persona, serán consideradas una agravante al momento de calificar las sanciones que correspondan.