La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) clausuró dos predios en Quintana Roo, donde particulares efectuaron la remoción de vegetación para extracción de material pétreo, sin contar con la autorización correspondiente sobre Cambio de Uso de Suelo en terrenos Forestales (CUSTF) que emite la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).
De acuerdo con un comunicado de la dependencia, sus inspectores efectuaron el pasado 15 de julio una visita de inspección en un predio ubicado en terrenos del ejido Calderitas, municipio de Othón P. Blanco, donde se observó la remoción total de vegetación en una superficie de 10, 570 m2, con el fin de realizar la extracción de material pétreo.
En el sitio se constató la presencia de restos de vegetación forestal (ramas y fustes) acomodados en forma de chorizo al centro del predio.
El responsable de esta actividad no exhibió la autorización para Cambio de Uso de Suelo en Terrenos Forestales que emite la Secretaría de Medio y Recursos Naturales (SEMARNAT), por lo que
se impuso como medida de seguridad la Suspensión total temporal de las actividades de eliminación de vegetación referida.
Por otra parte el 16 de julio de 2014, personal de la Delegación de la PROFEPA en Quintana Roo, realizó una visita de inspección por Cambio de Uso de Suelo en Terrenos Forestales (CUSTF) a un segundo predio ubicado en terrenos del ejido Calderitas, municipio de Othón P. Blanco, Quintana Roo.
En dicho lugar se detectó un banco de material pétreo, el cual colindaba en todos sus flancos con vegetación forestal. Durante la visita de inspección el responsable de la actividad se negó a atender la diligencia, por lo que no exhibió la autorización para CUSTF.
Acto seguido, se realizó la Clausura total temporal y Suspensión total temporal de las actividades de eliminación de vegetación forestal en una superficie de 10,243 m2.
Cabe señalar que el Artículo 418 del Código Penal Federal, señala que se impondrá pena de seis meses a nueve años de prisión y multa por el equivalente de 100 a 3,000 días de salario mínimo vigente al que cambie el Uso de Suelo Forestal sin la autorización correspondiente.