CHETUMAL, 17 de febrero.— En las modificaciones aprobadas ayer a la Ley Movilidad, las plataformas digitales como Uber recibieron la denominación de servicio mercantil de transporte.
Aunque la XVII Legislatura atendió el fallo del Poder Judicial, que otorgó a Uber un amparo definitivo para operar en el estado sin necesidad de concesiones del gobierno, dejó pendiente definir el porcentaje que esa plataforma pagará como contraprestación.
Además, en las reformas aprobadas por la XVII Legislatura del Estado se regulará el servicio de transporte de mototaxis, así como el servicio de motorepartidores y diligencieros, además de incorporar conceptos como el de micromovilidad, para estar apegados y acorde a lo previsto en la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial.