Cancún, 13 de abril 2022.- La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió, en sesión virtual, tres medidas cautelares: una por difusión de propaganda gubernamental atribuible al Presidente de México por el Informe Trimestral, la segunda por actos que pudieran constituir calumnia con motivo del promocional denominado contraste PVEM Q Roo, y la tercera, por la publicación de dos mensajes durante el proceso de Revocación de Mandato en las cuentas de redes sociales del Presidente Nacional del partido Morena, Mario Delgado.
La Comisión negó medidas cautelares solicitadas por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) en contra del Presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, con motivo de la realización del informe del primer trimestre del año que tuvo lugar este martes 12 de abril de 2022, por supuesta promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos.
Asimismo, por la presunta vulneración al principio de equidad en la contienda electoral, en el marco de los procesos electorales locales en los estados de Aguascalientes, Durango, Hidalgo, Oaxaca, Quintana Roo y Tamaulipas.
La Comisión estimó negar las medidas cautelares porque se trata de actos consumados; asimismo, declaró improcedente la tutela preventiva al tratarse de hechos futuros de realización incierta, ya que no existe base para estimar que dicho evento o alguno otro con las mismas características se celebrará, ni tampoco se advierte elemento de urgencia o imperiosa necesidad que justifique las medidas.
La Comisión también declaró como procedente la medida cautelar solicitada por el Partido Verde Ecologista de México (PVEM) en contra del partido Movimiento Ciudadano (MC) y su candidato a la gubernatura de Quintana Roo, José Luis Pech Várguez, por actos que pudieran constituir calumnia en contra de ese instituto político y de su candidata al mismo cargo de elección popular, María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, derivado de la difusión del promocional denominado CONTRASTE PVEM Q ROO, versión televisión y radio.
El órgano colegiado, en apariencia del buen derecho, estimó que la frase “traición es usar a Morena y al Presidente para robarse el dinero del pueblo, Mara es traición”, no está amparada en la libertad de expresión y el derecho a la información, dado que podría constituir la imputación de un delito o hecho falso contra María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, al imputar el delito de robo tipificado en la legislación federal y local en Quintana Roo.
Por lo anterior, ordenó a MC a que sustituya el material en un plazo no mayor a tres horas a partir de la legal notificación, apercibiéndolo que de no hacerlo será sustituido con material genérico o de reserva; de igual forma ordenó a las concesionarias de radio y televisión que lo suspendan de inmediato, en un plazo que no podrá exceder de 12 horas.
Finalmente, la Comisión declaró la improcedencia de la solicitud de medidas cautelares solicitadas por el Partido Acción Nacional (PAN) en contra de Morena y de Mario Martín Delgado Carrillo, Presidente del Comité Ejecutivo Nacional de este partido, por la presunta difusión indebida del proceso de la Revocación de Mandato, durante la jornada de consulta del 10 de abril de 2022, en sus cuentas de Twitter y Facebook se dio cuenta de actos de difusión del proceso de Revocación de Mandato y desarrolló actos de “acarreo”.
El colegiado declaró improcedente la medida cautelar, ya que se trata de actos irreparables que no actualizan algún riesgo inminente por el que exista la necesidad del dictado de alguna medida precautoria respecto del material que se denuncia, debido a que la jornada de votación ya tuvo lugar, con independencia de la resolución de fondo que en su momento se emita por parte de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Los proyectos fueron aprobados por unanimidad de votos de la Consejera Claudia Zavala y del Consejero Ciro Murayama, así como de la Consejera Adriana Favela, presidenta de la Comisión de Quejas y Denuncias. (Infoqroo)