Ciudad de México, 05 de junio 2022.- La desaparición de personas constituye uno de los mayores abusos contra los derechos humanos, toda vez que las familias y seres queridos de la víctima, a menudo, tienen que esperar años para conocer la verdad sobre el paradero de la persona desaparecida, señaló el senador Ángel García Yáñez, del Grupo Parlamentario del PRI.
El legislador propuso exhortar a la Secretaría de Gobernación para que, en su carácter de presidente del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, impulse a las autoridades de los distintos órdenes de gobierno que intervienen en estas labores, a que atiendan de manera inmediata los reportes, noticias o denuncias en esta materia, y eviten la espera de 72 horas para el inicio de las investigaciones.
De igual forma, hizo un llamado a las secretarías de gobierno de las entidades federativas, las comisiones locales de búsqueda, así como a las diversas instituciones de seguridad pública que intervienen en este tema, para que realicen campañas informativas que indiquen que los reportes, noticias o denuncias, así como la realización de todo tipo de acciones y diligencias tendientes para dar con el paradero de las personas, deben atenderse sin dilación.
El senador subrayó que la propuesta, enviada a la Primera Comisión de la Permanente, tiene el objeto de que todas las autoridades que estén involucradas en la búsqueda de personas desaparecidas den cabal cumplimiento a los protocolos de actuación.
Es fundamental, dijo, que las autoridades actúen en el momento en que tengan el conocimiento de que una persona no está localizada, sin esperar el cumplimiento de cierto plazo, expresó.
García Yáñez refirió que el pasado 16 de mayo, diversos medios de comunicación informaron que México rebasó la cifra de 100 mil personas desaparecidas, desde que se tiene registro en 1964.
Precisó que los cinco estados que registran el mayor número de casos son Jalisco, Tamaulipas, Estado de México, Nuevo León y Veracruz.
El legislador puntualizó que las autoridades tienen la obligación de dar cabal cumplimiento a sus funciones, por lo que se debe considerar grave el incumplimiento injustificado o la actuación negligente ante cualquier obligación relacionada con la búsqueda inmediata de personas.
Sobre todo, advirtió, cuando se pierdan horas valiosas para el desarrollo de las acciones de búsqueda, en perjuicio de la víctima y de sus familiares.