La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó las reformas al Código Civil del Estado de Jalisco que sólo reconocían el matrimonio entre un hombre una mujer, por lo que a partir de ahora las personas del mismo sexo que deseen casarse en esa entidad lo podrán hacer sin algún impedimento y sin tramitar algún amparo.
Por unanimidad, el pleno de la Corte declaró inconstitucional los artículos 258, 260 y 267 del mencionado código, por considerar que discrimina a los homosexuales para entablar uniones a través del matrimonio.
La ministra Norma Lucía Piña Hernández dijo que si bien las legislaturas estatales gozan de libre configuración para emitir sus normas, a veces es necesario ponerles límites.
Recordó que los homosexuales han sido víctimas de una feroz discriminación, pero no existe razón para excluir a las uniones diversas.El ministro presidente de la Corte, Luis María Aguilar Morales, señaló que en la Constitución no hay una concepción que defina el matrimonio, motivo por el cual no puede afectar derechos humanos.